Servicios

Sistema de Información Empresarial Mexicano

Formato de registro 



El SIEM es el Sistema de Información Empresarial Mexicano que integra un registro completo de las empresas existentes desde una perspectiva de promoción, accesible a confederaciones, autoridades, empresas y público en general, vía Internet.
 
El SIEM se establece como un instrumento de planeación del Estado con el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, que permita un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales.
 
Tiene su fundamento legal en la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones aprobada por el Congreso de la Unión, propuesta por el Ejecutivo Federal, con base en la iniciativa de la Secretaría de Economía y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 2005, en donde establece la obligatoriedad para las empresas, pagando las cuotas anuales siguientes:
 
 
De 0 a 2 empleados                             $ 150.00
De 3 a 5 empleados                             $ 350.00
De 6 o más empleados                        $ 670.00
 
 
La operación del Sistema está a cargo de las Cámaras de Industria o Comercio autorizadas por la Secretaría de Economía. Cada establecimiento se registrará con la Cámara que le corresponda de acuerdo a su giro.
 
El objetivo del SIEM es proporcionar la oportuna difusión e intercambio de la información que contiene para efectos de promoción de negocios.
 
Los beneficios de estar registrado en el SIEM, son que las empresas pueden identificar y promover nuevas oportunidades de negocios al contar con un sistema de información público, de carácter individual sobre las empresas, con cobertura nacional y de fácil acceso.
 
El registro en el SIEM es una obligación empresarial, y quien no cumpla con esta disposición, la Secretaría de Economía lo sancionará con multa de doscientos a seiscientos salarios mínimos, y en caso de reincidencia se podrá imponer multa de hasta por el doble de la sanción anterior (artículo 40 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones).
 
Para llevar a cabo este trámite, usted deberá hacer lo siguiente:
 
  1. Llenar el cuestionario y enviarlo por fax o correo postal / electrónico. Favor de contestar cabalmente y con claridad, de lo contrario no podrán ser validados.
  2. El pago podrá ser efectuado


Más información en los siguientes archivos:

 Cuestionario en formato excel (Otros (offline))

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